
La Resolución Técnica N° 54 (Norma Unificada Argentina de Contabilidad - NUA) incorporó las cuestiones específicas aplicables a entidades que desarrollen la ACTIVIDAD AGROPECUARIA que antes estaban en las normas contables argentinas en la RT 22 y sus modificaciones por RT 46. A continuación, repasamos los criterios de medición y pautas de exposición aplicables a los activos biológicos generados y/o utilizados en la actividad agropecuaria y a aquellos destinados a la venta, como también a los productos agropecuarios obtenidos en el momento de la cosecha, recolección, obtención o faena y a los resultados atribuidos a la producción agropecuaria, cuyos componentes principales son los resultados generados por la transformación biológica.
¿Qué se entiende por actividad agropecuaria?
Consiste en la producción de bienes económicos mediante la combinación del esfuerzo del hombre y la naturaleza, para favorecer la actividad biológica de plantas y animales; incluyendo su reproducción, mejoramiento, degradación y/o crecimiento que conforman su desarrollo biológico.
La intervención del hombre en la gestión del desarrollo biológico implica que la cosecha, recolección u obtención de recursos no gestionados previamente y que sean meramente extractivas (tales como la pesca en el océano y la tala de bosques naturales) no constituyen actividad agropecuaria.
¿Qué aspectos se ven afectados en la información contable que se debe presentar?
En cuanto a la presentación en los estados contables, hay 2 estados básicos donde deben verse las siguientes cuestiones a destacar:
Estado de situación patrimonial
En el estado de situación patrimonial, una entidad:
Presentará un rubro específico de “activos biológicos”.
Podrá presentar los activos biológicos utilizados como factores de producción en el curso normal de las operaciones:
I. en un rubro específico; o
II. dentro del rubro “bienes de uso” (discriminándolos como una clase separada)
Presentará los productos agropecuarios dentro del rubro “bienes de cambio”
Estado de resultados
La entidad que mida sus activos biológicos a valor razonable menos los gastos estimados en el punto de venta, presentará el resultado de la producción agropecuaria, procedente de considerar el ingreso por la producción y sus costos asociados, en el cuerpo del estado de resultados del siguiente modo:
Cuando la actividad agropecuaria sea la predominante respecto del conjunto de las restantes actividades: en primer lugar.
En los restantes casos: a continuación del resultado bruto por la venta de bienes y la prestación de servicios y antes de los resultados por medición de bienes de cambio al valor neto de realización, de corresponder (según el inciso c, del párrafo 629).
|
Ejemplo de Estados de Resultados (parte pertinente) “El siguiente es un ejemplo orientativo y simplificado de presentación de las partidas relacionadas con la actividad agropecuaria.” ESTADO DE RESULTADOS – Entidad agropecuaria Ingresos por producción agropecuaria Costo de la producción Resultado de la producción
Ingresos por venta de bienes Costo de ventas Resultado bruto Resultado por medición al VNR de los bienes de cambio
|
Revelación en notas
Por otro lado, además la entidad deberá revelar en notas:
las políticas contables empleadas y los criterios de medición aplicados para medir los activos biológicos y los productos agropecuarios en el momento de la cosecha, recolección, obtención o faena;
la composición de los ingresos por producción agropecuaria.
mediante una nota o anexo, los costos de producción relacionados con los ingresos de producción agropecuaria, clasificados por su naturaleza y por su función.
las bases y métodos utilizados y los supuestos considerados en las mediciones basadas en el valor razonable.
el grado de incertidumbre asociado al proceso de medición del valor razonable de sus activos biológicos y de sus productos agropecuarios en el momento de la cosecha, recolección, obtención o faena.
si hubiera utilizado otra base de medición distinta, una descripción de las limitaciones que la llevaron a utilizar ese otro criterio
ASPECTOS GENERALES DE AUDITORÍA DE ENTIDADES CON ACTIVIDAD AGROPECUARIA
La auditoría debe evaluar razonabilidad del modelo contable, coherencia de políticas contables aplicadas, y calidad técnica de la información.
La auditoría puede requerir de un enfoque integrado, analítico y multidisciplinario en inventarios y activos biológicos, involucrando a terceros especialistas.
La auditoría debe poder evaluar cada caso particular, debido a la subjetividad en mediciones y opciones contables variadas.
Informe 31 de CENCyA (Modelo de estados contables para entidades agropecuarias que aplican la RT 54)