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Propuesta del CPCE para reforma de la Caja Previsional
Incorpora contribuciones de los clientes, mecanismos de control, y plan Deuda Cero para regularización en la Caja
19 de Mayo de 2023
CPCE

A mediados de 2022 el CPCE constituyó un equipo de trabajo para analizar la cuestión jubilatoria y proponer mejoras sobre la Caja Previsional, su funcionamiento y la legislación, en beneficio de los profesionales. Se trabajó tomando como referencia cajas de otras profesiones, cajas de otras provincias, la Caja en su estado actual, los proyectos de 2013 (de la Comisión de Incumbencias Profesionales),  2018 (del CPCE), de 2020 (de CPPCE).

El trabajo, cuya primera versión se encuentra disponible en mayo de 2023, proyecta el análisis y estudio entre todos los matriculados interesados, con debates en cada una de las Delegaciones del CPCE. Se completa con una mesa de trabajo a la cual se invitará a la Caja de Previsión.

De acuerdo al plan de trabajo se propone un período de debate hasta agosto de 2023, para luego pasar a la incorporación de propuestas y reformulación en septiembre del mismo año, y presentación del proyecto de reforma de la ley 7110 en octubre de 2023, antes del cierre de las sesiones ordinarias de la Legislatura provincial. Estos plazos son sujetos al avance que se vaya logrando con todos los profesionales involucrados.

Complementa la labor la designación del  Cont. Ariel Macías como Director de la Caja en representación del CPCE.

 

El trabajo modifica más de 30 artículos de la ley actual 7110. Los cambios más importantes son:

(ART. 4) INCORPORACION Y ADECUACION DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS AFILIADOS A LA CAJA

(ART. 14) ELECCIONES POR ACTO CON VOTO SECRETO Y PERSONAL, LIMITANDO REELECCION A UNA SOLA VEZ

(ART. 21) INCORPORA COMO RECURSOS DE LA CAJA LAS CONTRIBUCIONES A CARGO DE LOS COMITENTES DE LAS LABORES DESARROLLADAS POR LOS PROFESIONALES

(ART. 22) REGULA LAS CONTRIBUCIONES DE COMITENTES POR:

  • LEGALIZACIONES ANTE CPCE
  • ACTUACION COMO AUXILIAR DE LA JUSTICIA
  • LABORES CONFORME A PRESTACIONES O LOCACIONES DE SERVICIO

(ART. 64) PLAN DEUDA CERO.

LOS PROFESIONALES QUE:

  1. NO SE ENCONTRARAN AFILIADOS A LA CAJA
  2. SE ENCONTRARAN AFILIADOS Y REGISTRASEN DEUDA

PODRÁN OPTAR POR ÚNICA VEZ DENTRO DE LOS 6 MESES POR UNA DE LAS SIGUIENTES ALTERNATIVAS:

     1.- RECUPERAR LOS PERÍODOS NO CANCELADOS, ABONANDO.

    2.- DAR POR NO COMPUTABLES LOS APORTES MENSUALES INCUMPLIDOS.
    AL JUBILARSE TENDRÁN UN HABER PARCIAL, PROPORCIONAL DE ACUERDO A                             LOS PERÍODOS SOBRE LOS QUE HUBIESEN EFECTUADO APORTES.

(ART. 57) MAYOR CONTROL Y TRANSPARENCIA CON REGULACION DE ORGANOS: COMISION FISCALIZADORA, CONTADOR DE LA CAJA.

Si estás interesado en conocer más acerca de las propuestas de modificación más importantes para la reforma de la Ley 7110, hacé click en el siguiente enlace: Principales modificaciones ley 7110

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