Servicios Sociales

¿Qué es el fondo solidario?

Es un fondo económico conformado por el aporte mensual de los beneficiarios de los distintos Consejos Profesionales adheridos.Está destinado a todos los matriculados de los Consejos Profesionales adheridos a este Fondo y a su grupo familiar; a los profesionales vitalicios inscriptos especialmente en los registros habilitados y a los empleados de los Consejos adheridos y de la FACPCE.Sus disponibilidades generan beneficios -que se gestionan a través de la Secretaría de Servicios Sociales- con carácter de subsidio y/o ayuda económica, en forma directa a quienes los soliciten y cumplan con la reglamentación vigente. Más Info

¿Quiénes son beneficiarios?

Son beneficiarlos directos del Fondo Solidario:

a) Los profesionales inscriptos en las matrículas de un Consejo Profesional en Ciencias Económicas que se adhiera a este Fondo.

b) Los profesionales actualmente jubilados y/o pensionados y los que se jubilen en adelante siempre que se inscriban especialmente en los registros que habiliten los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y cumplan con las demás exigencias que estos impongan.

c) Los empleados de los Consejos Profesionales adheridos y de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, mientras mantengan su relación de empleo y opten por su inclusión.

Son también beneficiarios del Fondo Solidario en igualdad de condiciones con los beneficiarios directos detallados en el artículo anterior:

a) Los integrantes del grupo familiar primario. A estos efectos, se considera grupo familiar primario al cónyuge o conviviente y los hijos, hijas, hijastros e hijastras solteros de hasta 25 años de edad, inclusive.

b) Los menores puestos legalmente bajo la guarda del beneficiario titular, mientras dure la tutela.

c) Los incluidos en el incisos a) y b) precedentes mayores de edad que se encuentren discapacitados física o psíquicamente en los términos de la ley 22431, sus modificatorias y complementarias o la norma que en el futuro la reemplace, mientras mantengan su discapacidad y se hallen a cargo del beneficiario directo.

REQUISITOS:
Es requisito indispensable para acceder a los beneficios que brinda el Fondo Solidario, que el beneficiario del subsidio figure en la Base de Datos de Afiliados de su Consejo Profesional, doce meses anteriores a la fecha del hecho generador, para lo cual debe encontrarse al día en el pago de la matrícula en forma mensual, ininterrumpidamente.En caso de altas y modificaciones de datos personales, deberá presentar la siguiente planilla de “DECLARACION JURADA” completa, propia y de su núcleo familiar.Estos beneficios podrán ser solicitados hasta 24 meses posterior del hecho generador.  Se entiende por hecho generador la fecha de realización de la práctica.

(Ver modelo de Declaración Jurada)


Beneficios 

Detalle de beneficios en el siguiente link

 

Consultas:

Mail: consultas@cpcemza.org.ar
Whatsapp: 2615988965